Extremadura al día
07 oct 2006
actualizado 13:25 CET :: Leído 208 veces
La Junta de Extremadura quiere dejar claro que el Ayuntamiento de Mérida tiene la responsabilidad, y los medios legales necesarios, para actuar en el ejercicio de sus funciones y competencias obligatorias y no tiene validez alguna la aprobación en pleno de una declaración que proponga ''escurrir su responsabilidad'' en el asunto de los olores de la empresa de grasas, cuando ayer se aprobó la propuesta del teniente de alcalde Luis María González, de que la solución del problema de los malos olores "es competencia de la Junta de Extremadura".
''Quien da la licencia de actividad (en este caso el ayuntamiento) es el responsable de su control y de retirarla si no cumple con sus condiciones'', sentencia la Junta.
La Junta de Extremadura sale al paso de la aprobado en el Pleno municipal de ayer viernes, sobre que es la Administración regioal la competente para dirimir la situación de malos olores en la ciudad producido por la empresa de Grasas ubicada en el término emeritense, y aclara que es el propio consistorio, ''la administración competente para dar solución a los problemas medioambientales de su término municipal, tal y como recoge la Ley de Bases de Régimen Local y el Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas''.
Afrima que de manera expresa, dicha ley y dicho reglamento establecen como competencias de un ayuntamiento la concesión de las licencias de actividad y, a partir de ahí, ''le corresponde a esta administración municipal llevar a cabo las actividades de control y vigilancia de dicha actividad y, en caso de que haya incumplimiento, le corresponde adoptar la sanción. Una sanción que puede ir desde multas, a cierres temporales, e incluso llegar al cierre definitivo''.
Para la Junta, cada ayuntamiento es competente para establecer mediante una ordenanza el régimen que estime oportuno en materia de exigencias medioambientales en su término municipal y expresar el nivel de calidad ambiental que quiere para su población. ''En mayor medida, cuando se trata de ayuntamientos que tienen mayor nivel de competencias y grados de actuación por contar con una población superior a 50.000 habitantes'', señala.
La Junta de Extremadura quiere dejar claro que el Ayuntamiento de Mérida tiene ''la responsabilidad, y los medios legales necesarios'', para actuar en el ejercicio de sus funciones y competencias obligatorias y señala que ''no tiene validez alguna la aprobación en pleno de una declaración que proponga escurrir su responsabilidad en el asunto de ésta ni de ninguna otra instalación que el mismo consistorio autorice o haya autorizado en su propio municipio''. ''Quien da la licencia de actividad (en este caso el ayuntamiento) es el responsable de su control y de retirarla si no cumple con sus condiciones'', sentencia la Junta.
Además, recuerda la Junta que las autorizaciones que deba dar la Administración regional ''son accesorias y complementarias, pero no sustituyen la obligatoria responsabilidad y competencia principal que siempre tienen los ayuntamientos para poder dar y retirar las licencias en todas las actividades que se encuentren en sus términos municipales''.
Finalmente, la Junta insta al consistorio emeritense a que actúe ''en beneficio de sus propios ciudadanos y aplique la ley tal como está establecido, con las múltiples herramientas que le otorga la ley, en lugar de intentar confundir con desvíos improcedentes de las funciones''.