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La Consejería de Presidencia ha autorizado 13 fiestas de fin de año en Badajoz y 4 en Cáceres Extremadura |
| La Consejería de Presidencia ha autorizado 13 fiestas de fin de año en Badajoz y 4 en Cáceres |
| Extremadura al Día |
| 29 dic 2005 actualizado 17:46 CET :: Leído 54 veces |
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La Consejería de Presidencia de la Junta de Extremadura ha autorizado diecisiete fiestas de fin de año, 13 de ellas en la provincia de Badajoz y 4 en la de Cáceres. Las autorizaciones han sido expedidas de acuerdo con lo establecido en la Orden de 26 de noviembre de 1999 por la que se regula el procedimiento de concesión de autorización con carácter extraordinario para la celebración de espectáculos y actividades recreativas, singulares o excepcionales no reglamentadas (D.O.E nº 140, de 30 de noviembre de 1999).
En concreto, las fiestas autorizadas son las siguientes: BADAJOZ CAPITAL: Establecimientos: Salones Venecia Complejo Hostelero Dard´ys Salón Guadiana (Hotel Río) Palacio Cristal (Hotel Río) Complejo Alcántara Gran Café Victoria BADAJOZ PROVINCIA: Establecimientos: Café-Bar Al Son Santa Marta de los Barros Bar especial El Ventorrillo Jerez de los Caballeros Restaurante Oasis Jerez de los Caballeros Círculo Recreativo San Vicenteño San Vicente de Alcántara Centro de Ocio Las Cumbres Don Benito Círculo Mercantil S.A Almendralejo Hotel Vetonia Almendralejo CÁCERES CAPITAL: Establecimiento Club de tenis cabezarrubia CÁCERES PROVINCIA: Establecimientos Hostal Roma Aldeanueva del Camino Hotel Victoria Trujillo Hotel Alfonso VIII Plasencia La relación de las autorizaciones concedidas podrá ser consultada en la página web de la Junta de Extremadura, concretamente en la Consejería de Presidencia. Además, por parte de la Consejería de Presidencia se ha comunicado a la Delegación del Gobierno en Extremadura y a los respectivos Ayuntamientos las autorizaciones concedidas, su ubicación concreta, el titular que la insta, el aforo autorizado, etc, para que los servicios municipales correspondientes puedan realizar las funciones de vigilancia y de inspección que la actual normativa sobre la materia les encomienda y en su caso, una vez detectada una infracción en el cumplimiento de estas normas, es decir, la celebración de fiestas sin autorización o sin atenerse a la prescripciones de la autorización, sancionarlas. El incumplimiento de estas normas, es decir, la celebración de fiestas sin previa autorización o incumplir las condiciones impuestas en la autorización, constituye una infracción grave de las tipificadas en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, que compete denunciar a la Policía Nacional, Guardia Civil o Policías Locales, y que puede ser sancionada con multa de hasta 30.000€. |

