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Extremadura
La Consejería de Presidencia ha autorizado 13 fiestas de fin de año en Badajoz y 4 en Cáceres
Extremadura al Día   
29 dic 2005 actualizado 17:46 CET :: Leído 54 veces
La Consejería de Presidencia de la Junta de Extremadura ha autorizado diecisiete fiestas de fin de año, 13 de ellas en la provincia de Badajoz y 4 en la de Cáceres. Las autorizaciones han sido expedidas de acuerdo con lo establecido en la Orden de 26 de noviembre de 1999 por la que se regula el procedimiento de concesión de autorización con carácter extraordinario para la celebración de espectáculos y actividades recreativas, singulares o excepcionales no reglamentadas (D.O.E nº 140, de 30 de noviembre de 1999).


En concreto, las fiestas autorizadas son las siguientes:

BADAJOZ CAPITAL:

        Establecimientos:

Salones Venecia
Complejo Hostelero Dard´ys
Salón Guadiana (Hotel Río)
Palacio Cristal (Hotel Río)
Complejo Alcántara
Gran Café Victoria

BADAJOZ PROVINCIA:

        Establecimientos:                                                           

Café-Bar Al Son                                Santa Marta de los Barros
Bar especial El Ventorrillo                Jerez de los Caballeros
Restaurante Oasis                              Jerez de los Caballeros
Círculo Recreativo San Vicenteño    San Vicente de Alcántara
Centro de Ocio Las Cumbres            Don Benito
Círculo Mercantil S.A                       Almendralejo
Hotel Vetonia                                    Almendralejo


CÁCERES CAPITAL:

Establecimiento

Club de tenis cabezarrubia


CÁCERES PROVINCIA:

Establecimientos                                                               

Hostal Roma                                      Aldeanueva del Camino
Hotel Victoria                                    Trujillo
Hotel Alfonso VIII                             Plasencia


La relación de las autorizaciones concedidas podrá ser consultada en la página web de la Junta de Extremadura, concretamente en la Consejería de Presidencia.

Además, por parte de la Consejería de Presidencia se ha comunicado a la Delegación del Gobierno en Extremadura y a los respectivos Ayuntamientos las autorizaciones concedidas, su ubicación concreta, el titular que la insta, el aforo autorizado, etc, para que los servicios municipales correspondientes puedan realizar las funciones de vigilancia y de inspección que la actual normativa sobre la materia les encomienda y en su caso, una vez detectada una infracción en el cumplimiento de estas normas, es decir, la celebración de fiestas sin autorización o sin atenerse a la prescripciones de la autorización, sancionarlas.

El incumplimiento de estas normas, es decir, la celebración de fiestas sin previa autorización o incumplir las condiciones impuestas en la autorización, constituye una infracción grave de las tipificadas en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, que compete denunciar a la Policía Nacional, Guardia Civil o Policías Locales, y que puede ser sancionada con multa de hasta 30.000€.


 
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