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Extremadura
El Gobierno Extremeño pone en marcha nuevos programas experimentales de empleo para dar salidas laborales a colectivos con dificultades de inserción
Extremadura al día   
12 oct 2008 actualizado 12:00 CET :: Leído 159 veces
El Consejo de Gobierno ha aprobado la orden por la que se convocan ayudas para la puesta en práctica de programas experimentales en el empleo, por un valor de 1.043.000 euros, en el marco de las medidas contempladas en el Plan de Fomento y Calidad en el Empleo de Extremadura.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones Ayuntamientos y Entidades sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas a la orientación, formación e inserción laboral de desempleados, preferentemente perceptores de prestaciones (al menos el 60% deberán ser perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo). El requisito y objetivo último que se exigirán a los beneficiarios de las ayudas será que, al menos, el 35% de los demandantes atendidos encuentre un empleo.

Asimismo, podrán ser objeto de estas acciones experimentales aquellos desempleados admitidos al programa de la Renta Activa de Inserción (RAI). En este caso, el objetivo de inserción laboral debe ser de, al menos, el 30%.

Con carácter general y en ambos programas, se considerará que dicha inserción laboral se ha conseguido cuando, durante la vigencia del programa experimental, el desempleado sea contratado como trabajador por cuenta ajena por una duración no inferior a seis meses.

La cuantía de la subvención se determinará en el Convenio de colaboración que cada beneficiario ha de suscribir con el SEXPE, en función del número de personas a atender y objetivos previstos de inserción, sin que la cantidad a percibir pueda ser superior a 1.800 euros por persona atendida y 5.400 euros por persona atendida e insertada en el mercado de trabajo. En ningún caso, teniendo en cuenta ambos parámetros, podrá percibirse una cantidad superior a 2.400 euros por desempleado objeto del programa.

El Decreto establece como plazo de presentación de solicitudes el de dos meses, a contar desde el siguiente a la publicación de la Orden en el DOE.


 
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