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Extremadura
Aprobado el calendario de días festivos para 2010
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ead
11 jul 2009 actualizado 14:34 CET :: Leído 5779 veces
Aprobado el calendario de días festivos para 2010
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula el calendario de las fiestas laborales para el próximo año. En total, son 14 días festivos, dos de ellos de carácter local, que serán determinados por la Consejería de Igualdad y Empleo a propuesta del órgano competente de cada Ayuntamiento. En el caso de los días festivos de ámbito nacional, se sustituye el 15 de agosto, por coincidir en domingo, por el 19 de marzo, festividad de San José.

Este decreto de la Consejería de Igualdad y Empleo se aprueba en base a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en el que se indica que las fiestas laborales tendrán carácter retribuido y no recuperable, y no podrán exceder de catorce al año. De estos días, dos serán de ámbito local, otras de ámbito nacional, en las que están incluidas la celebración de la Natividad, Año Nuevo, 1 de mayo como Fiesta del Trabajo, y el 12 de octubre. El Estatuto recoge además, que serán, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior, el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan en domingo.

Por otra parte, otorga a las Comunidades Autónomas la facultad de señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes. Igualmente, permite hacer uso de la facultad de traslado a lunes de las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana.

En base a esta autorización, y a diferencia de otros años, se sustituye el día 15 de agosto, Asunción de la Virgen, por el día 19 de marzo, San José, ya que la primera coincidirá en domingo y sería objeto de traslado al lunes.

De este modo, y teniendo en cuenta el arraigo popular, se acuerda el siguiente calendario de días festivos para 2010:

  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 19 de marzo, San José.
  • 1 de abril, Jueves Santo.
  • 2 de abril, Viernes Santo.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 8 de septiembre, Día de Extremadura.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

A esta relación habrá que añadirle los dos días de fiesta local que serán determinados por la Dirección General de Trabajo a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo.

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