 Aprobado el decreto que establece las condiciones de uniformidad de las policías locales de Extremadura El Consejo de Gobierno ha aprobado el viernes 10 de octubre el decreto que establece las condiciones de uniformidad de las policías locales de Extremadura, así como las condiciones y requisitos de su uso.
Se define como uniformidad como el conjunto de normas que regulan el diseño, color y características del vestuario, distintivos y otros efectos de aplicación a las policías locales de Extremadura para el ejercicio de sus diferentes actividades y funciones y según las diferentes condiciones climatológicas.Once años después de dictarse el vigente Reglamento de Uniformidad, la práctica policial ha demostrado que alguna de las prendas que se incluían en dicho Reglamento no cumplen los requisitos de mayor facilidad y soltura de movimientos y que, en la actualidad, hay prendas que no se incluían en el reglamento que mejoran sensiblemente esas cualidades. A esto hay que sumar que determinados colectivos han asumido como propios algunas prendas que las imitaban y no se puede distinguir si quien las viste pertenece a Policía Local, Fuerza y Cuerpo de Seguridad del Estado, es personal de obras públicas o privadas, mensajeros o repartidores, según los casos. La mayor comodidad unas veces, junto con la mejor calidad en otras, ha motivado que los cuerpos de Policía Local de la región demanden la inclusión de determinadas prendas en el nuevo Proyecto de Decreto que, por otra parte, hasta ahora no contemplaba los criterios de combinación de dichas prendas. Todo ello precisa la derogación del Reglamento vigente para conseguir una mayor homogeneidad en la uniformidad de los policías locales de Extremadura. El nuevo decreto establece una regulación exhaustiva del diseño y características de las prendas y el equipo, así como de la acreditación profesional, emblemas, divisas y distintivos, para contribuir así al logro de la pretendida homogeneidad en la uniformidad de los policías locales de Extremadura, lo que redundará en la mejora de la prestación del servicio a los ciudadanos. |