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El nuevo Reglamento de la Asamblea exigirá la declaración de patrimonio y actividades de los diputados extremeños Asamblea |
| El nuevo Reglamento de la Asamblea exigirá la declaración de patrimonio y actividades de los diputados extremeños |
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| 23 oct 2006 actualizado 00:00 CET :: Leído 203 veces |
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La Ponencia del Reglamento de la Asamblea aprueba los artículos referidos a los Diputados y grupos parlamentarios La Ponencia de Reglamento, presidida por Federico Suárez e integrada por los portavoces de los tres grupos parlamentarios y miembros de la Mesa de la Asamblea, ha dado luz verde a los Títulos II y III que corresponden a los derechos y deberes de los diputados y a los grupos parlamentarios. Entre los artículos aprobados en su última reunión, destaca la exigencia de efectuar la declaración de bienes, intereses y actividades, como requisito para la adquisición plena de la condición de Diputado, así como el reconocimiento expreso de su derecho a solicitar información de las Administraciones Públicas como instrumento necesario para el ejercicio de su función parlamentaria. Según informa la Cámara regional, en la Ponencia del Reglamento se pactó asimismo, de forma ''pormenorizada'', el alcance del régimen de dedicación exclusiva (criterios y régimen de incompatibilidad), estableciendo la competencia de la Mesa de la Cámara para determinar el número de Diputados que podrán acogerse a este régimen, así como su proporción. La pérdida de las retribuciones, caso de incumplir las obligaciones a las que el Diputado en régimen de dedicación exclusiva se debe con su grupo y con el parlamento, es otra de las previsiones contenidas en este Título, que dota a los Diputados de mayores derechos y obligaciones en la búsqueda por una mayor profesionalización de quienes ejercen la función parlamentaria. A instancias del Presidente Suárez, se ha consensuado un procedimiento que permite exigir responsabilidad a quienes en sede parlamentaria no respeten el orden y la cortesía debida. El alcance de esta responsabilidad no se limita al ámbito disciplinario, en el que estarían Diputados y personal que preste sus servicios en la Cámara, sino que se hace extensiva al ámbito político al posibilitar la reprobación de los miembros y altos cargos del ejecutivo. Corresponderá a la Mesa del Parlamento, oída la Junta de Portavoces, la competencia para adoptar las decisiones en este sentido. Pero los acuerdos no se quedan ahí, sino que alcanzan al Título III dedicado a los Grupos Parlamentarios, destacando el compromiso de flexibilizar la constitución de un grupo parlamentario en cuanto al número de diputados, al pasar de cinco, que se exigen actualmente, a tres Diputados. La Cámara deja constancia de que se pacta la ''inexistencia de limitaciones'' en la presentación de iniciativas por los Diputados y grupos parlamentarios y, entre otros aspectos, se procede a una regulación más pormenorizada del Diputado no adscrito. Con este acuerdo, se constata la existencia de un ánimo de consenso en sus señorías, quienes deben, sin embargo, continuar con la tarea encomendada de dotar al parlamento extremeño de un instrumento que permita un funcionamiento más ágil del trabajo parlamentario y un mayor desarrollo de la denominada democracia participativa. Por último, la Asamblea señala que restan muchos temas de calado por abordar; los más inminentes, los referidos a la Organización de la Cámara, Título IV, donde los órganos del parlamento, Mesa, Presidencia, Junta de Portavoces, Comisiones, Pleno, Secretaría General, etc.., serán objeto de estudio. El proyecto de nuevo reglamento se encuentra en la página web de la Asamblea: www.asambleaex.es |

